Un producto que promete que tus documentos son verificables debe ser, él mismo, verificable. Estos números no son nuestros: están en la cadena pública de Bitcoin y cualquiera puede comprobarlos.
Descarga la prueba de cualquier documento, instala el cliente oficial de OpenTimestamps y ejecuta ots verify. La respuesta viene de Bitcoin, no de esta web.
Si CODEX desapareciera mañana, tus pruebas seguirían siendo válidas: viven dentro del archivo y en una cadena que nadie controla.
La especificación completa del sello, abierta →
BIOMAG S.L.U., un fabricante de Vitoria-Gasteiz con marcas propias —Mars Gaming, Tacens, Anima— vendiendo en ocho países europeos. No somos una startup: somos una empresa que lleva años con clientes que reclaman, proveedores que niegan pedidos y distribuidores que discuten facturas. CODEX nace de ese problema, no de una presentación.
Puedes comprobarlo: el NIF está al pie, las marcas están en las tiendas, y la empresa existe desde antes de que existiera esta web.
Un despacho conserva su documentación seis años por el Código de Comercio, diez si le aplica la normativa de prevención del blanqueo, y cinco los expedientes de cliente. La pregunta no es si tu proveedor seguirá ahí: es si tu prueba seguirá valiendo.
La nuestra sí. La huella está en la cadena de Bitcoin y la prueba viaja dentro del PDF que te descargas. Guárdalo donde guardas el resto de tu archivo: seguirá comprobándose con o sin nosotros, y sin pagar nada.
A partir del 24 de diciembre de 2027, el sector privado regulado tendrá que aceptar la cartera de identidad europea (eIDAS 2.0). Es un cambio en cómo se identifica la gente, no en cómo se prueba que un documento no ha cambiado.
Tu sello seguirá siendo el mismo hash anclado en la misma cadena. Lo que venga en identidad se sumará por encima; no sustituye a lo que ya está anclado. Y no te prometemos integración con la cartera hasta que exista y la hayamos probado: preferimos decirlo así.
Conviene decirlo con precisión. El artículo 326.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil da presunción de autenticidad a los documentos en los que se ha usado un servicio de confianza CUALIFICADO, de los que figuran en la lista oficial del Reglamento (UE) 910/2014. CODEX no es un servicio cualificado, y una cadena pública como Bitcoin no puede serlo: esa lista es un registro administrativo, no una propiedad de la criptografía.
Qué significa en la práctica: con un servicio cualificado, quien impugna el documento tiene que demostrar que la prueba es mala. Con CODEX, quien lo aporta puede acreditarlo por cualquier medio de prueba útil y pertinente (art. 326.2 LEC), y el tribunal lo valora. No es lo mismo, y no lo vendemos como si lo fuera.
Lo que sí ponemos encima de la mesa: una huella SHA-256, un sello de tiempo de una autoridad externa y una raíz de Merkle en un bloque de Bitcoin, comprobables por la parte contraria con herramientas públicas y sin pasar por nosotros. Quien quiera discutirlo tendrá que explicar por qué esas tres cosas no acreditan lo que acreditan. En el plan Despacho, CODEX genera además un expediente pericial con este marco y el protocolo de comprobación, listo para aportar.
No somos prestador cualificado (QTSP). La aceptación es firma electrónica simple (eIDAS art. 25) con prueba reforzada. Para escrituras o poderes hace falta otra cosa, y lo decimos.